El derecho de los niños a la salud se ha visto deteriorado en Venezuela no solo por la falta de acceso a medicamentos e insumos indispensables. Los jueces actúan con poca celeridad y toman decisiones que menoscaban garantías que amparan a la población infantil. Ello ha ocurrido ante la inacción de instituciones que ignoran su obligación de salvaguardar a los pequeños y desatienden llamados de la comunidad internacional.
Eximir al Estado, condenar a los niños
El juez Oswaldo Tenorio no mostró asomo de duda cuando anunció la sentencia: había rechazado la petición de obligar al Ministerio de Salud a ejecutar un plan especial de suministro de medicamentos esenciales para los niños recluidos en servicios de la institución. Mientras el servidor público exponía los fundamentos de la decisión, un rumor de estupor se escuchó en la sala de audiencias del Tribunal Superior Tercero de Infancia de Caracas. Durante una hora, los representantes de Cecodap, organización civil de defensa de los derechos de los niños, habían argumentado ante Tenorio la necesidad de acciones urgentes por parte del gobierno para proteger a la población infantil, la cual ha resultado especialmente afectada en un contexto en el cual 90 por ciento de los fármacos escasean, según calculan fabricantes y distribuidores. Las carencias han dejado graves secuelas en los servicios estatales de pediatría.
Las expresiones de decepción se reflejaron en los rostros de activistas de derechos humanos que habían asistido a la audiencia para apoyar la causa. “Ya se sabía que esto iba a pasar”, murmuró uno de ellos mientras daba una palmada en el hombro a Carlos Trapani, abogado de Cecodap, quien lamentaba que su propuesta para proteger la salud de la infancia hubiera sido rechazada por segunda ocasión. El juez Tenorio, en realidad, había confirmado ese 13 de abril de 2016 una sentencia que dos meses antes había adoptado su colega Iván Cedeño, titular del Tribunal Décimo Cuarto de Infancia de Caracas. Ante ese juzgado Trapani había presentado una petición de “medida preventiva anticipada”, recurso de la legislación sobre infancia que permite a los jueces ordenar acciones expeditas para resguardar los intereses superiores de los niños sin necesidad de mayores evidencias disponibles.
El abogado había consignado un escrito de 19 páginas en el cual documentó hemerográficamente los casos de 21 pequeños que resultaron gravemente afectados por la escasez de medicinas. Su alegato además se basó en el contenido del Decreto de Emergencia Económica que dictó el presidente Nicolás Maduro el 15 de enero de 2016 y que liberaba al gobierno de cualquier atadura para ejecutar medidas en favor del bienestar de la población. Cedeño, sin embargo, había cuestionado la veracidad de los casos recopilados por Cecodap; se había negado a ordenar una investigación para recabar pruebas sobre la situación; había eximido al Estado de la responsabilidad de priorizar la atención infantil; había puesto en los hombros de los padres obligación última de obtener los tratamientos para sus hijos y, como colofón, había señalado que bastaba el decreto emitido desde Miraflores para atender la coyuntura de la niñez. “Es la medida preventiva ya tomada por el Estado”, se lee en el acta en la que consta la decisión del juez.
Trapani había insistido ante la instancia superior convencido de que no podrían darle otra vez la espalda, pero chocó contra un muro de contención. Eso no lo amilanó y remitió el caso al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ): primero a la Sala de Casación Social, en la que la jueza Marjorie Calderón quedó asignada para evaluar si las sentencias anteriores violaban normas de orden público, lo cual fue descartado por la magistrada; y finalmente a la Sala Constitucional, instancia en la que recae la última palabra sobre actuaciones judiciales relacionadas con los derechos contemplados en la Carta Magna. Todavía, luego de 200 días, se espera la decisión de la magistrada Lourdes Suárez Anderson quien fue asignada al caso. En ese período la sala de la que forma parte emitió 530 dictámenes, la mayoría favorables al gobierno incluido uno que desató cuestionamientos nacionales e internacionales porque supuso la eliminación de la Asamblea Nacional controlada por la oposición, instancia que había declarado en 2016 la existencia de una emergencia humanitaria en el país la cual es negada de plano por el presidente Maduro. El miembro del equipo jurídico de Cecodap no sabe si el máximo tribunal honrará alguna vez la palabra comprometida en informes presentados a la Organización de Naciones Unidas en 2013, según la cual desde el TSJ se instruye a los tribunales venezolanos a tomar decisiones con especial consideración de los intereses de los niños.
Mientras los jueces evaden enfrentarse al Ministerio de Salud, la mortalidad infantil repunta –11.466 bebés menores de un año murieron en 2016, 30 por ciento más que el año anterior según datos oficiales– al igual que se multiplican casos como el de Amelie, una niña de dos años de edad que padece una enfermedad sanguínea crónica que la obliga a contar con provisiones permanentes de antibióticos. Su familia reside en Valle de la Pascua, estado Guárico, pero se ve obligada a viajar a otras ciudades en busca de derivados de la penicilina, definidos como esenciales por la Organización Mundial de la Salud, OMS, pero que son escasos en Venezuela. “Me cuesta mucho conseguirlos y es preocupante porque mi hija se descompensa enormemente con cualquier infección”, afirma Francis Rojas, madre de la bebé. “Como mi pequeña, hay muchos niños en el país que viven con la hemoglobina baja por la misma enfermedad y es preocupante no poder encontrar los antibióticos”. Su caso, sin embargo, ha estado fuera del amparo de decisiones judiciales como las exigidas por Cecodap y que puedan ayudarle a sobrellevar un camino difícil.
Las negativas y dilaciones con las que ha sido abordado el recurso intentado por la organización civil no son excepcionales y de hecho representan para abogados como Trapani un ejemplo del retroceso vivido en el país con respecto a decisiones judiciales que había adoptado el Estado para proteger el derecho a la salud de los niños en las dos décadas precedentes. No es un asunto menor: la Constitución y el Pacto de Derechos Económicos y Sociales, suscrito por la República, establecen la obligación estatal de no adoptar medidas que supongan la pérdida de avances obtenidos en favor de la protección de las garantías ciudadanas. A lo anterior se le denomina “principio de progresividad” y es un criterio jurídico orientado a salvaguardar principalmente a los más débiles. “Esta actitud desfavorece la protección de los derechos humanos de los niños en el país”, afirma Marino Alvarado, miembro de la asamblea general de Provea y abogado con dos décadas de experiencia en litigios de casos relacionados con los derechos humanos.
El Instituto Prensa y Sociedad Venezuela, en alianza editorial con periodistas de El Pitazo, hizo una revisión de 46 expedientes judiciales y reportes organismos nacionales e internacionales que permitió confirmar que la justicia venezolana ha reducido su disposición para decidir con celeridad y de manera favorable los casos relacionados con los derechos colectivos de la niñez en el área de la salud y que además instituciones con competencias para la protección de la infancia no solo presentan debilidades y limitaciones sino que en ocasiones actúan en contra de normativas y garantías de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna) y de la lógica de la progresividad de los derechos infantiles.
Un respaldo extraviado
Los tribunales venezolanos apoyaron entre 1999 y 2005 al menos cuatro peticiones de recursos de amparo y acciones de protección que fueron solicitados por la sociedad civil para obligar a las autoridades de salud a garantizar la disponibilidad de tratamientos para niños internados en el Hospital José Manuel de los Ríos de Caracas, principal referencia pediátrica del país. La primera de ellas fue impulsada por la asociación civil Acción Ciudadana Contra el Sida (Accsi) en coordinación con Cecodap. Se trató de un recurso de amparo para garantizar el tratamiento de 16 pacientes con virus de inmunodeficiencia humana. La demanda apuntó contra el Gobierno del Distrito Federal, entonces responsable del funcionamiento de los centros de salud de la capital venezolana. El recurso fue aprobado no sólo para el suministro de medicamentos y realización de exámenes de ese grupo de niños sino para todos aquellos con la enfermedad asistidos en el hospital, según informes de las dos organizaciones.
La autoridad capitalina recibió dos años después una nueva orden para garantizar la atención de calidad en ese mismo hospital cuando la Sala Cuarta del Tribunal del Niño, Niña y Adolescente de Caracas aprobó la acción de protección solicitada por Cecodap, Accsi y el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) a favor de los niños con cardiopatías congénitas que carecían de tratamiento terapéutico y quirúrgico y engrosaban largas listas de espera para ser intervenidos en la institución. Durante el proceso, el responsable estatal cambió: la Gobernación del Distrito Federal fue sustituida por la Alcaldía Mayor de Caracas, que se convirtió entonces en el nuevo ente rector del centro de salud.
Transcurrieron 10 días después de la decisión del juez cuando se instaló una mesa de diálogo con la participación de la Secretaría de Salud de la alcaldía, la Comisión de Salud del Cabildo Metropolitano de Caracas, Cecodap, Provea, Acción Solidaria, el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, la Dirección del J. M. de Los Ríos, la Sociedad Médica del hospital, el Comité de Familiares de Niños con Cardiopatías Congénitas, el Consejo Nacional de Derechos del Niño y del Adolescente, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo. “Creo que es importante que la sociedad civil esté vigilante para que no permita que las cosas sucedan como ocurrieron en este caso”, celebró entonces Baldomero Vásquez, secretario de Salud de la alcaldía, quien debió firmar un acta que comprometió a su despacho, entre otros puntos, a aumentar los turnos de las operaciones y a acondicionar y remodelar el Servicio de Cardiología. Durante nueve meses, gracias a los cambios que precipitó el recurso judicial, se realizaron 154 cirugías, lo que superó el promedio de 70 intervenciones de los años anteriores. “Sin lugar a dudas, la ejecución de este proceso ha sentado un importante precedente del uso del derecho para acceder a los órganos de administración de justicia con el objeto de hacer valer los intereses colectivos y difusos de los niños y niñas”, asienta un reporte de Provea. Informes del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) también destacaron la experiencia como un hecho histórico importante.
El 27 de abril de 2004 la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas también sentenció a favor de una acción de protección para los niños con leucemia y otras enfermedades hematológicas en el hospital. El 8 de julio de ese mismo año, la Sala Segunda del Tribunal de Protección hizo lo mismo para favorecer a niños enfermos con fibrosis quística. “En esas oportunidades se ordenó la aprobación de recursos extraordinarios para atender los problemas de infraestructura, medicamentos y personal. Hoy en las mesas de diálogo que tratan los problemas del J.M. de los Ríos insisten en que las dificultades que vive la institución deben ser resueltas con el presupuesto del centro de salud, a pesar de que la asignación es deficitaria”, dice Trapani.
Luego de esa cadena de experiencias exitosas, Cecodap comenzó a experimentar el silencio y las negativas de los jueves. La organización, junto con la Fundación Luz y Vida, solicitó en mayo de 2014 una nueva acción de protección para el hospital J.M. de los Ríos. La petición acumula más de tres años sin respuesta, entre incumplimientos de los lapsos procesales por parte de los jueces y los interminables traspasos del expediente de un tribunal a otro. En ese período de tres años no hubo instituciones que secundaran la solicitud como tampoco ocurrió con la de 2016. Ese año el equipo jurídico de la organización optó por invocar un recurso para buscar una respuesta más rápida y que permitiera a los jueces ordenar medidas urgentes al Estado durante el juicio y no al finalizar el mismo. “En Venezuela uno sabe cuándo empieza un juicio pero no cuándo termina, porque hay una práctica sistemática de retrasar los procesos que son críticos a la gestión pública”, asegura Trapani, quien todavía está convencido de que las medidas requeridas por la niñez son inaplazables y que su retardo está generando efectos que serán difíciles de revertir.
Los expertos independientes del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas presentaron una serie de exigencias al Estado Venezolano en una reunión celebrada en Ginebra, Suiza, hace tres años. Las demandas de los especialistas se centraban en el cumplimiento de la Convención de Derechos del Niño suscrita por la República y tocaban aspectos cruciales: “reducir la malnutrición”, “aumentar la cobertura de vacunación”, “asignar recursos suficientes al sistema público de salud”, “elaborar una estrategia para reducir la mortalidad”, y garantizar el “acceso efectivo a la justicia”. Los esfuerzos del gobierno no han sido suficientes en esos ámbitos, según las evidencias que recogió el proyecto de periodismo de investigación Huérfanos de la Salud. Y desde 2014 al presente los males que han afectado a la infancia venezolana se han acentuado, según denuncias de las organizaciones sociales.
Una defensa limitada
La actuación del Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo con relación a la crisis de salud que afecta a la niñez también ha sido criticada por activistas. La primera institución finalmente decidió hace apenas tres días pedir medida de protección a raíz de las muertes de Samuel Becerra, Raziel Díaz, Daniel Laya y Dilfred Jiménez, niños que fueron dializados en la unidad de nefrología del Hospital J.M de los Ríos, que estaba contaminada por bacterias, según denunciaron las madres. Los parientes de las víctimas, junto con Prepara Familia y Cecodap, presentaron sus reclamos ante la Fiscalía General de la República y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El hecho de que el Ministerio Público actuara fue una sorpresa: en su página web no hay noticias, al menos en los últimos tres años, sobre el intento de acciones semejantes con respecto al centro de salud del cual han surgido en los últimos dos años decenas de denuncias por muy graves afectaciones a los niños por falta de medicinas, insumos, equipos y hasta alimentación. Las medidas de protección en la que fiscales habían tomado la iniciativa estaban relacionados con casos políticos como el de las protestas opositoras de 2014.
El intento de la Fiscalía de esta semana coincidió con el reciente enfrentamiento de Luisa Ortega Díaz, fiscal general, con el gobierno de Maduro y el TSJ por la ruptura del hilo constitucional en el país. Un dato no queda al margen de los observadores: la magistrada ponente del antejuicio de mérito que se inició contra la titular del Ministerio Público es Marjorie Calderón, quien ya había decidido desde la Sala de Casación Social negar la medida a favor del acceso a medicamentos que había solicitado Cecodap.
Así como el Ministerio Público ha sido criticado por esperar hasta última hora para presentar una medida de protección para los infantes del J.M de los Ríos, del mismo modo la Defensoría del Pueblo ha recibido cuestionamientos por su estrategia de mantener mesas de diálogo que no siempre han dado rápidos resultados. El 10 de junio de 2015 Cecodap entregó una carta al despacho del defensor Tarek William Saab con quejas al respecto: “En distintos medios de comunicación social se ha informado la plena operatividad del Hospital J.M. de los Ríos, sin embargo, a partir del acompañamiento a madres y familias podemos afirmar que persisten los problemas relacionados con insumos, infraestructura, recursos humanos, hospitalización, quirófanos, estudios e imágenes especializadas, entre otros”. La comunicación además informaba a la Defensoría sobre los retardos procesales en torno a la acción de protección solicitada. La organización decidió entonces retirarse de las mesas cuyos frutos calificaron como insuficientes.
Los encuentros se desarrollaron tras los reportes publicados por la Contraloría de la República sobre déficit de recursos humanos y materiales en la mayoría de los servicios del centro de salud, deterioro en la infraestructura y más de cuatro mil niños en lista de espera para ser operados. El informe de gestión de ese año de la Defensoría apuntó la remodelación de siete servicios -Terapia Intensiva Pediátrica, Hematología, Endocrinología, Radioterapia, Medicina Física, Farmacia y Cirugía Plástica- entre los logros de su intervención en el hospital. Al siguiente año, sin embargo, la Sociedad de Médicos del J. M. de los Ríos emitió un nuevo informe sobre fallas en los servicios y ofrecieron una rueda de prensa con la presencia de Earle Siso, director de Salud del Distrito Capital, quien se comprometió a dar soluciones a los problemas del centro pediátrico.
Meses más tarde, la situación no mejoró: repuntaron las denuncias sobre interrupciones en la dotación de alimentos que motivaron una inspección del defensor del Pueblo y el director regional de Salud, quienes reconocieron que el hospital funcionaba a 40 por ciento de su capacidad y la inoperatividad de áreas de atención claves, cuya reparación había sido acordada en las reuniones previas. “El abordaje que se ha realizado hasta la fecha es aislado y dentro de las rutinas de los organismos responsables del funcionamiento del centro de salud”, rezaba la carta de Cecodap, en la que nuevamente exhortó a la ejecución de planes extraordinarios como los que se lograron y salvaron vidas en el pasado. ¿Podrán los niños ser curados de la enfermedad de la injusticia?
Estado evade compromisos internacionales sobre la niñez
La deuda estatal se puede resumir con dos dígitos: 13 compromisos ignorados y 4 llamados de alertas desatendidos. Así se desprendió de una revisión de 22 reportes de organismos internacionales realizada por Ipys Venezuela en materia de salud infantil. Las obligaciones que debían ser honrados por mandato constitucional incluyeron no solo las del Comité de Derechos del Niño en 2014, sino también las que presentó el año siguiente el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales en una reunión celebrada en 2015, a la que asistieron una nutrida delegación estatal y también representantes de organizaciones no gubernamentales.
Los llamados de la ONU sobre el tema de la salud también se han realizado a las autoridades través de otros canales. El desabastecimiento de medicamentos en Venezuela ha encendido las alertas en la ONU. Los relatores especiales del derecho a la salud, que son expertos calificados con destacada trayectoria, enviaron cuatro cartas privadas, entre febrero de 2014 y septiembre de 2016, al gobierno nacional con el fin de exigirle que tomara medidas urgentes para que los ciudadanos tuviesen acceso a las medicinas esenciales. La Cancillería respondió, entre septiembre de 2014 y diciembre de 2016, sin asumir compromisos concretos y sostuvo que había una “guerra económica contra el Estado venezolano” que generó una situación de escasez y dificultó “el acceso normal a insumos médicos y medicamentos”.
Las mejoras en las políticas de distribución de tratamientos también aparecieron en las peticiones que le hicieron otros países a Venezuela en 2016 en el marco del Examen Periódico Universal, una evaluación que realiza Naciones Unidas para medir situación de los derechos humanos en más de 90 países. El gobierno optó por aceptar la sugerencia que le hizo El Salvador sobre este tema pero rechazó una solicitud similar que le presentó Canadá. La delegación nacional se escudó en el argumento de que “algunas recomendaciones realizadas sobre el derecho a la salud” se prestaban “a confusión”, y tenían una “fuerte orientación politizada y negativa”. El gobierno tomó esta posición a pesar de que el derecho a la salud de la población infantil está contemplado en los pactos internacionales, ratificados por la República desde hace más de cuatro décadas.
Fuente: Ipys Venezuela